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Documento BOE-B-2022-19226

Extracto de la Orden de 13 de junio de 2022, del Ministerio de Universidades, por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de la IX edición del Programa "Campus Inclusivos, Campus sin Límites"

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 15 de junio de 2022, páginas 29073 a 29074 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Universidades
Referencia:
BOE-B-2022-19226

TEXTO

BDNS(Identif.):633322

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/633322)

Primero. Beneficiarios.

1. La convocatoria está dirigida a universidades españolas, tanto públicas como privadas, que impartan enseñanzas presenciales de Grado. Pueden presentarse de manera individual o en asociación de dos o más universidades.

2. Quedan excluidas de esta convocatoria las universidades que solo impartan estudios de postgrado y las de educación a distancia.

3. Será condición necesaria para el desarrollo del programa que los espacios, entornos, actividades y materiales que se ofrezcan sean universalmente accesibles, según las normas que establece el "Diseño para Todas las personas".

Segundo. Objeto

1. El objeto de la convocatoria es subvencionar proyectos a realizar por las universidades con actividades dirigidas a orientar e informar a estudiantes con discapacidad, necesidades educativas y/o en riesgo de exclusión social, matriculados en cuarto de Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Bachillerato o Formación Profesional.

2. Se concederán ayudas para realizar estancias de entre siete y diez días de duración dirigidas a un mínimo de 15 estudiantes, de los cuales, al menos, un 50% deberá tener un grado reconocido de discapacidad. En el grupo de estudiantes sin discapacidad se valorará positivamente que en la selección se tenga en cuenta perfiles de estudiantes con necesidades educativas especiales o en situación de exclusión social por diversos motivos. Dentro de este grupo se incluye a estudiantes que por motivos políticos o humanitarios se encuentren refugiados en nuestro país y, en especial, desplazados y refugiados de Ucrania que se hayan incorporado a los centros educativos.

Tercero. Bases Reguladoras

Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (BOE de 12 de mayo).

Cuarto. Financiación

El gasto máximo estimado de la convocatoria es de 200.000,00€, de los cuales, el Ministerio de Universidades aportará 80.000,00€ con cargo a la aplicación presupuestaria 33.03.463A.456 y 20.000,00€ con cargo a la aplicación 33.03.463A.488.05. Por su parte, la Fundación ONCE aportará 100.000€ con cargo a sus presupuestos.

Cada proyecto deberá acompañarse de un presupuesto ajustado a las actividades a realizar, con un máximo de 20.000€ por proyecto, pudiendo incrementarse hasta 30.000 euros cuando los proyectos sean presentados y desarrollados por una agrupación de universidades.

La financiación, organización y seguimiento del programa queda regulado en el correspondiente Convenio suscrito por ambas partes.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes será de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de este Extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Las solicitudes se cumplimentarán, mediante el formulario de inscripción que será accesible a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Universidades; https://www.universidades.gob.es/

Sexto. Proyecto Pedagógico

Las universidades deberán presentar sus proyectos de acuerdo con el anexo II de la convocatoria y cumplir las características y aspectos que se describen a continuación:

- Estancia: un mínimo de 7 y un máximo de 10 días, en régimen de alojamiento y pensión completa, durante los cuales se llevarán a cabo diferentes actividades académicas, culturales, deportivas, de ocio y de convivencia. Dicha estancia se podrá desarrollar durante los meses de julio y septiembre de 2022.

- Las universidades serán las encargadas de proponer y seleccionar a los estudiantes participantes. Se detallará el proceso de selección, indicando el área de influencia de la universidad solicitante, procedencia de los candidatos, los criterios de selección y el baremo a utilizar para dicha selección de acuerdo a los criterios expuestos con anterioridad. Será de obligado cumplimiento la presencia de estudiantes sin discapacidad, en riesgo de exclusión social, que asegurará la verdadera inclusión del proyecto.

- Actividades a desarrollar. Las actividades serán de divulgación académica, orientación vocacional y desarrollo personal y culturales, deportivas y de ocio. Cada una de las actividades propuestas debe detallarse en formato de Unidad Didáctica y contener los siguientes aspectos: Breve descripción de la actividad, Objetivos específicos, Metodología utilizada, Personal implicada en el desarrollo del programa, Materiales necesarios, Evaluación, Accesibilidad y diseño universal.

Los proyectos serán evaluados por una Comisión compuesta por miembros de cada una de las entidades organizadoras.

Madrid, 13 de junio de 2022.- El Ministro de Universidades (P.D. Orden UNI/1504/2021, de 28 de diciembre, de delegación de competencias) El Secretario General de Universidades, José Manuel Pingarrón Carrazón.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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