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Documento BOE-B-2022-16662

Extracto de la Resolución de 24 de mayo de 2022 de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan ayudas para la adquisición de libros de texto y material didáctico e informático para alumnos matriculados en centros docentes españoles en el exterior, en las ciudades de Ceuta y Melilla y en el Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia en el curso académico 2022-2023.

Publicado en:
«BOE» núm. 126, de 27 de mayo de 2022, páginas 25430 a 25431 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación y Formación Profesional
Referencia:
BOE-B-2022-16662

TEXTO

BDNS(Identif.):629241

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/629241)

Primero. Convocatoria

Se convocan, para el curso 2022-2023, 12.527 ayudas para libros de texto y material didáctico e informático por importe individual de 105,00 euros en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a alumnos matriculados en centros docentes españoles en el exterior, en centros docentes de las ciudades de Ceuta y Melilla y en el Centro para la Innovación y Desarrollo de la Educación a Distancia (en adelante CIDEAD).

Segundo. Beneficiarios

Para ser beneficiarios de estas ayudas los solicitantes deben reunir los siguientes requisitos:

a)         Estar matriculado en cualquiera de los cursos de Educación Primaria o de Educación Secundaria Obligatoria en el curso académico 2022-2023, en un centro docente sostenido con fondos públicos comprendido en el ámbito de aplicación de esta convocatoria.

b)         No estar repitiendo curso.

c)         Pertenecer a una unidad familiar cuyos ingresos en el año 2021 no superen el umbral de renta establecido en el artículo 4 de esta convocatoria o, alternativamente, encontrarse en alguna de las siguientes situaciones que dan derecho a la consideración de beneficiario directo de las ayudas:

Alumnos que se encuentren en situación de acogimiento acreditada mediante certificación del director del centro de acogida, o del órgano competente en su caso.

Víctimas o hijos menores de veintitrés años de edad de víctimas de violencia de género, que acrediten su condición conforme a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género

Víctimas del terrorismo, condición que se acreditará mediante copia compulsada de la correspondiente resolución del Ministerio del Interior.

Tercero. Solicitudes

Los interesados deberán cumplimentar la solicitud mediante el formulario accesible por internet en la dirección www.educacionyfp.gob.es a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá hasta el día 23 de julio 2022, inclusive.

Madrid, 24 de mayo de 2022.- El Secretario de Estado de Educación, Alejandro Tiana Ferrer.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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