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Documento BOE-B-2021-9726

ALMERÍA

Publicado en:
«BOE» núm. 51, de 1 de marzo de 2021, páginas 12504 a 12504 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-9726

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el art 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 429/2019, por auto de 23 de Febrero de 2021 se ha declarado la conclusión del presente procedimiento concursal referente al deudor Dña. María Natividad Romero López con DNI 34837502T, con domicilio en calle Córdoba, 31, El Parador de las Hortichuelas, Roquetas de Mar, almería 04721, asímismo se aprueba la rendición final de cuentas presentada por la Administración concursales.

2º- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio propias de su declaración en concurso.

3º- Se concede a Doña María Natividad Romero López el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho que se extiende a la totalidad de los créditos insatisfechos, exceptuando los créditos de derecho público y por alimentos, (artículo 491.1), si bien con carácter provisional y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 492.1, y con los efectos establecidos en los artículos 500, 501 y 502.

Esta concesión sólo podrá ser revocada cuando durante los cinco años siguientes a su concesión se constatase la existencia de ingresos, bienes o derechos del deudor ocultados, con excepción de los bienes inembargables conforme a lo dispuesto en los artículos 605 y 606 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, (art. 492.1 del TRLC).

Lo anterior se entiende sin perjuicio de la reapertura del concurso en los casos que proceda.

Almería, 23 de febrero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, María Ángeles Bossini Ruiz.

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