Doña ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N. 1, de Las Palmas de Gran Canaria,
Por el presente, hace saber: Que en el procedimiento concursal número 19/2016, se ha dictado en fecha 19 de febrero de 2021 auto declarando la conclusión del concurso de la persona natural CRISTINA LOURDES RODRÍGUEZ QUINTANA, con DNI 45759333M, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de Dña. CRISTINA LOURDES RODRÍGUEZ QUINTANA, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, con los siguientes efectos:
1.º.- Cesarán las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición de la concursada y cesará la Administración Concursal.
2.º.- Se acuerda el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley.
3.º.- En caso de conclusión del concurso por liquidación o insuficiencia de masa activa, el deudor persona natural quedará responsable del pago de los créditos insatisfechos, salvo que obtenga el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho.
4.º.- Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia firme de condena
Las Palmas de Gran Canaria, 23 de febrero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.
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