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Documento BOE-B-2021-9102

RESOLUCIÓN del Departamento de Empresa y Conocimiento EMC/ /2021, por la que se otorga a la empresa Parc Eòlic Solans, SL, la modificación de la declaración de utilidad pública del parque eólico Solans, en los términos municipales de Llardecans y La Granadella.

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 25 de febrero de 2021, páginas 11773 a 11774 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2021-9102

TEXTO

La legislación aplicable a estas instalaciones es, básicamente, la siguiente: A efectos energéticos: la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sobre procedimientos de autorización de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica y el Decreto ley 16/2019, de 26 de noviembre, de medidas urgentes para la emergencia climática y el impulso a las energías renovables. A efectos ambientales: la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. A efectos urbanísticos: la Ley 3/2012, de 22 de febrero, de modificación del texto refundido de la Ley de urbanismo aprobada por el Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto; el Decreto Legislativo 1/2010, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Urbanismo. A efectos paisajísticos: la Ley 8/2005, de 8 de junio, de protección, gestión y ordenación del paisaje y el Decreto 343/2006, de 19 de septiembre, por el que se desarrolla la Ley 8/2005, de 8 de junio, y se regulan los estudios e informes de impacto e integración paisajística.

Persona peticionaria de la instalación: Parc Eòlic Solans, S.L.

Domicilio social: Marques de la Ensenada, 14, 1.ª planta, oficina 17, Madrid 28004.

En fecha 04/04/2019 la persona peticionaria solicitó el otorgamiento de la modificación de la Autorización Administrativa de Construcción del Parque eólico Solans.

En fecha 13/11/2019, la Dirección General de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera otorgó a la persona peticionaria la modificación de la autorización administrativa de construcción del parque eólico Solans. La Resolución de autorización indica que las instalaciones se ejecutarán de acuerdo con el Proyecto de ejecución de modificación de fecha 15/03/2019, con 20 aerogeneradores de 2,2 MW cada uno, resultando una potencia total de 44 MW.

En fecha 21/06/2019, la persona peticionaria solicitó la Declaración de Utilidad Pública del parque eólico Solans, de acuerdo con el Proyecto de ejecución de modificación de fecha 15/03/2019.

En cumplimiento de los trámites que establecen las disposiciones arriba mencionadas, la solicitud de declaración de utilidad pública de esta instalación fue sometida a un periodo de información pública mediante Anuncio publicado en el DOGC número 7930, de fecha 01/08/2019, en el BOE número 188, de fecha 07/08/2019, y en el diario Segre de fecha 07/08/2019.

Los Ayuntamientos de Llardecans y de La Granadella han expuesto el Anuncio de información pública de la modificación de la declaración de utilidad pública durante el plazo reglamentario. Durante este plazo no se ha presentado ninguna reclamación ni alegación.

Se comunicó a las personas directamente interesadas, de manera individualizada y mediante la correspondiente separata, el contenido del proyecto y la zona afectada. Intentada la notificación de las mismas, en determinados casos y no habiéndose podido llevar a cabo, se publicó el Edicto en el DOGC número 8054 de fecha 31/01/2020.

En la afectación de la Comunidad de Regantes del Segrià Sur, el peticionario asume el compromiso de resolver los inconvenientes materiales que puedan surgir durante los trabajos de construcción del parque eólico y adquiere la obligación de reparar o reponer las infraestructuras de la Comunidad de Regantes que puedan resultar afectadas.

Dado que los Servicios Territoriales de Empresa y Conocimiento de Lleida han informado favorablemente sobre la solicitud formulada.

Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña, y la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña.

Resuelvo:

Declarar la utilidad pública del parque eólico Solans. Esta declaración de utilidad pública conlleva implícita la ocupación urgente de los bienes y derechos afectados que constan en el anexo del Anuncio de información pública que se publicó en el DOGC número 7930, de fecha 01/08/2019 y en el BOE número 188, de fecha 07/08/2019, así como las afectaciones que se detallan.

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada, ante el Secretario de Empresa y Competitividad, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Barcelona, 7 de febrero de 2021.- El Director General de Energía, Seguridad Industrial y Seguridad Minera, Manel Torrent Aixa.

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