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Documento BOE-B-2021-9031

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 48, de 25 de febrero de 2021, páginas 11636 a 11636 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-9031

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil, n.º 1, de Pamplona/Iruña en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 35.1 y 561.1 TRLC, anuncia:

1.º Que en el Concurso Consecutivo número 0000479/2020, por auto de fecha 12 de enero de 2021, NIG 3120147120200000461, se ha declarado en concurso al deudor don José Ignacio Morras San Martín, con DNI nº 29.140.835-L y domicilio en calle Mayor, n.º 35, 2.º, de Abárzuza, en Navarra y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Abárzuza.

2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

3.º Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 292 TRLC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 294 TRLC.

Llamamiento de los acreedores: Se hace llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal en la forma que regulan los arts. 255 y siguientes del TRLC, a través de la dirección postal o electrónica que constan en este edicto, la existencia de sus créditos y en el plazo de un mes a contar desde la publicación del auto de declaración de concurso en el BOE, en el caso de que no lo hayan efectuado con anterioridad.

La Administración Concursal l está integrada por el mediador concursal don Ángel Sada Moracho, con domicilio postal en 31500 Tudela (Navarra), avenida Zaragoza, núm. 2, escalera 1, 1.º-C y dirección electrónica: asada@sadapaz.com

4.º Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación y tener por presentado el plan de liquidación, dando traslado del plan presentado por plazo de 15 días para que el deudor y los acreedores puedan realizar observaciones o propuestas de modificación al mismo y formular también, observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho cuando proceda. El plazo de quince días antes citado comenzará a computarse el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE.

5.º Los legitimados conforme al TRLC para personarse en el procedimiento deben hacerlo representados por procurador y asistidos de letrado.

Dirección electrónica del Registro Público Concursal en el que se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Pamplona/Iruña, 26 de enero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena María Daniel del Valle.

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