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Documento BOE-B-2021-8829

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 2021, páginas 11310 a 11311 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-8829

TEXTO

Don José Antonio Alonso Almaraz, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto.Concurso consecutivo 1732/2020. Sección: A.

NIG: 0801947120208021257.

Fecha del auto de declaración.28/1/2021.

Clase de concurso. Consecutivo.

Entidad concursada. Juan Antonio Cabacas Contreras, con domicilio en calle Holanda, n.º 3, 2.º, 4.ª, de 08228 Terrassa y con DNI n.º 45.461.587V.

Administradores concursales.

Se ha designado como Administrador concursal:

Ángel Juan Miró Martí.

Dirección postal: Rambla de Catalunya, n.º 57, 3.º, 08007 Barcelona.

Dirección electrónica:concursal@abatha.global

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas,a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

Conforme al 710 TRLC los titulares de créditos que hubieran suscrito el Acuerdo Extrajudicial de pagos no necesitarán comunicar la existencia de esos créditos ni solicitar el reconocimiento de los mismos.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 12 - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 512LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 292 TRLC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 294 LC.y podrá ser impugnado por los acreedores en el plazo de diez (10) días en el sentido que se recogen en los arts. 297 ss TRLC.

Se tiene por emitido por el mediador concursal Plan de liquidación informando sobre la innecesariedad de la liquidación por inexistencia de bienes y derechos titularidad del concursado, se acuerda dar traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para efectuar alegaciones.

Se tienen por efectuadas manifestaciones sobre los requisitos establecidos en el art.706.3 de la LC.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 29 de enero de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, José Antonio Alonso Almaraz.

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