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Documento BOE-B-2021-8371

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 22 de febrero de 2021, páginas 10708 a 10708 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-8371

TEXTO

D. ROMÁN GARCÍA-VARELA IGLESIAS, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente,

Hace saber:

Que en el procedimiento concursal 0000553/2020, seguido a instancias de la Procuradora Dña. Dácil Attenery Ramos Bello, en nombre y representación de D. Francisco Javier Pérez Alonso, se ha dictado Auto el día 2 de febrero de 2020, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de D. Francisco Javier Pérez Alonso con DNI, nº 42878129B, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, Registro Público Concursal y Tablón de anuncios de este Juzgado.

Se designan como Administradores del concurso a: D. Jose Manuel Santana Rosa, como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de Avenida de Rafael Cabrera nº 10, Edificio Chile y código postal 35002, teléfono: 928239572, fax: 928239572, así como dirección de correo electrónico: concurso5532020@gmail.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; el deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Las Palmas de Gran Canaria, 17 de febrero de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Román García-Varela Iglesias.

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