Está Vd. en

Documento BOE-B-2021-8004

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 2021, páginas 10303 a 10303 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2021-8004

TEXTO

En este Juzgado de 1 Instancia núm. 7 de Valencia y en el procedimiento Concurso Abreviado 1159 2019 seguido a instancia del concursado doña Sara Isabel Gascón Mateos, se ha dictado Auto de 13 de enero de 2021 cuya parte dispositiva dice:

Parte Dispositiva

Se decreta la conclusión del Concurso consecutivo de persona física tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 1159/19, promovido por el Procurador Sra Victoria Reig, en nombre y representación del deudor Sara i Gascón Mateos y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite por no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Consta resolución firme de 25 1 2019 de exoneración de pasivo insatisfecho. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 17 de septiembre 2020. Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. José Juan Estelles Luis, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

Se acuerda expedir mandamiento al Registro Civil de la localidad de Valencia acompañando testimonio de la resolución firme, para la anotación marginal de la presente, ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno art. 481 de la LC y tiene carácter de firme.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos del art 472, expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita. Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009 y, asimismo, en el tablón de anuncios del Juzgado y mandamientos que se entregarán al Procurador de la concursada Victoria Reig, a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión, quien en el plazo de diez días, a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de éste Juzgado acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos. Llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2 del Concurso. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno art. 481 LC.

Así por este Auto lo pronuncia, manda y firma el Ilmo Sr D. Ignacio Wenceslao Luján Muñoz, Magistrado-Juez de este Juzgado. Doy fe

Y para que sirva de notificación se expide el presente

Valencia, 14 de enero de 2021.- Magistrado-Juez, Ignacio Wenceslao Luján Muñoz.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid