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Documento BOE-B-2021-6877

JAÉN

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 15 de febrero de 2021, páginas 8753 a 8753 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2021-6877

TEXTO

El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 de la del Texto Refundido Ley Concusal (BOE 7 de julio de 2020), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 962/19, con NIG 2305042120190007787 por auto de fecha 3 de febrero de 2021 se ha declarado en concurso de acreedores a los deudores Dª ANA BELEN TALAVERA SANTIAGO con D.N.I 77345638L Y JUAN RAMON RAMIREZ CAÑAS, con D.N.I. 26017581G, vecinos de Jaén, domicilio en calle Avenida ANDALUCIA Nº 52A, 9C de Jaén.

2º.- Se acuerda la apertura de la fase de liquidación y la suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por la Administración Concursal.

3º.- Los concursados y los acreedores, dentro del plazo de quince días desde la presente publicación podrán formular alegaciones al plan de liquidación (art 418T.R ). Podrán formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho de los concusados (art 719). Los acreedores también podrán solicitar, mediante escrito razonado, la apertura de la sección de calificación (art. 719.1 del T.R LC.).

4º.- Que los acreedores de los concursados deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 256 del TRLC de la L.C. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada ha sido:

D. SERGIO BERRIOS MESA

DOMICILIO: Calle VIRGEN DE LA CABEZA Nº 2B, 1ºH JAEN.

PROFESIÓN: Economista.

CORREO ELECTRÓNICO: sberriosm@economistas.org

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

No necesitarán solicitar reconocimiento los titulares de créditos que hubieran firmado el acuerdo extrajudicial.

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512 TRLC).

6º.- La dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es la siguiente: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Jaén, 10 de febrero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, María Inmaculada Barea Cobo.

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