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Documento BOE-B-2021-6187

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 36, de 11 de febrero de 2021, páginas 7871 a 7872 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-6187

TEXTO

EDICTO

Don José Antonio Alonso Almaraz, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1789/2020. Sección: A.

NIG: 0801947120208022015.

Fecha del auto de declaración. 28-1-2021 y auto aclaratorio del domicilio del concursado de fecha 2-2-2021.

Clase de concurso. Consecutivo.

Persona física concursada. JUAN ANTONIO LOPEZ SEGURA, DNI n.º 45.471.167Y, con domicilio en calle Sentmenat, n.º 102, 2.º, 1.ª, de Castellar del Vallés.

Administradores concursales

Se ha designado como administrador concursal:

ELOY RODRÍGUEZ ESMERATS.

Dirección postal: calle Rossellón, n.º 254, 2.º, 1.ª, 08037 Barcelona.

Dirección electrónica: eloi.rodriguez@icab.cat

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina Judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12-Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Informe de la administración concursal. Al haberse presentado el concurso por el deudor, el informe del art 292 de la LC deberá presentarse por el administrador Concursal en los diez días siguientes al transcurso del plazo de comunicación de créditos.

Se tiene por presentado el Plan de Liquidación por el deudor, no reuniendo los requisitos contenidos en la Ley Concursal y atendiendo al contenido del art. 718 de la Ley Concursal, el plan de liquidación será presentado al Juzgado por el administrador concursal dentro de los diez días siguientes a la fecha de apertura de la fase de liquidación, salvo que se hubiera acompañado por el deudor o por el mediador concursal a la propia solciitud de apertura de esa fase.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 3 de febrero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Antonio Alonso Almaraz.

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