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Documento BOE-B-2021-5561

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 8 de febrero de 2021, páginas 7131 a 7131 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-5561

TEXTO

Edicto

Don Rafael Huerta García, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 70/2021 Sección: C.

NIG: 0801947120208020254.

Fecha del auto de declaración. 22 de enero de 2021.

Clase de concurso. Consecutivo.

Entidad concursada. Francisco Javier Duch Balletbo, con 38438322D.

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal: Ramón Badía Teruel.

Dirección postal: Calle Sant Joan, 22, local, 25310 - Agramunt.

Dirección electrónica: rbadia@ramonbadia.com

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 112 - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación de los Órganos Mercantiles.

Se tiene por presentado el plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones sin que sea precisa la apertura de la sección quinta.

Se tiene por presentado el Informe del art. 75 LC por lo que las impugnaciones al mismo deberán presentarse dentro del plazo previsto para la comunicación de créditos Los acreedores podrán mediante escrito razonado solicitar la apertura de la sección de calificación en el mismo plazo.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 1 de febrero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Rafael Huerta García.

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