El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión celebrada en fecha 27 de octubre de 2021, acordó la extinción de la COMPAÑÍA TRASMEDITERRÁNEA, S.A., de la licencia nº1 del Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio Portuario al Pasaje en los puertos de Palma, Alcúdia, Maó, Eivissa y la Savina, para la prestación del servicio al Pasaje en los tráficos en régimen de transporte en el puerto de Palma y tráficos en régimen de transporte y para tráficos de crucero en el puerto de Alcúdia, en los términos establecidos en la prescripción 9 del Pliego, de conformidad con lo señalado en el artículo 119 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y la Marina Mercante, aprobado por RDL 2/2011, con efectos a partir del día siguiente de la publicación del acuerdo en el Boletín Oficial del Estado.
Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de un mes, recurso de reposición potestativo, ante el órgano que ha resuelto, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al conocimiento de la presente notificación, sin perjuicio de que pueda ejercer, en su caso, cualquier otro que estime procedente.
Palma, 16 de diciembre de 2021.- El Presidente, Francesc Antich Oliver.
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