El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Tarragona en uso de las facultades conferidas por el artículo 30.5 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante (RDL 2/2011, de 5 de septiembre), aprobó en su sesión de 24 de noviembre de 2021 el otorgamiento a la mercantil Sociedad de Salvamento Marítimo y Seguridad Marítima de la concesión "Ocupación parcial nuevo edificio para la prestación de los servicios públicos de salvamento y seguridad marítima", cuyas características esenciales son las siguientes:
Plazo de la Concesión: Diez (10) años a partir del día siguiente de la notificación del acuerdo de otorgamiento.
Superficie ocupada: 177,79 m2.
Tasa anual por ocupación: Exención (art. 169 Texto Refundido Ley de Puertos)
Tasa anual de actividad: Exención (art. 170 Texto Refundido Ley de Puertos)
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 85.7 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Tarragona, 25 de noviembre de 2021.- Presidente, Josep Maria Cruset i Domènech.
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