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Documento BOE-B-2021-4479

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 2021, páginas 5848 a 5848 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-4479

TEXTO

E D I C T O

El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento del lo dispuesto en el artículo 23 De La Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 960/2010, con NIG 1808742M20100001102 por auto de 22/01/21 se ha acordado la conclusion del concurso de acreedores del deudor NAVIGRA, S.L., con domicilio en cl.San Juan Baja 19 18005 Granada y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Granada el cual contiene los particulares del tenor literal siguiente

Acuerdo la conclusión del concurso voluntario de acreedores de la persona jurídica NAVIGRA, S.L con CIF B-18573352, inscrita en el Registro Mercantil de Granada y la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la administración concursal. De conformidad a ello:

Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.

Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.

Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.

Se acuerda la extinción de NAVIGRA, S.L. con CIF B-18573352. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de NAVIGRA, S.L. con CIF B-18573352.

Requiérase a la Administración Concursal para que en el plazo de cinco días desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro mercantil aporte al juzgado su acreditación de Administrador cesando en ese momento en sus funciones.

Contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno (art. 481 TRLC (177 LC)).

Granada, 28 de enero de 2021.- La letrada de la Administración de Justicia, Constanza Clara Lendinez Barranco.

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