BDNS(Identif.):591891.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/591891)
Primero. Beneficiarios.
Entidades de protección animal que cumplan con los requisitos establecidos del artículo 2 de la Orden DSA/1045/2021, de 28 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas: asociaciones sin ánimo de lucro y fundaciones legalmente constituidas no pertenecientes al sector público, de nacionalidad española y con residencia fiscal en España, cuyos estatutos establezcan como fin principal, la protección y defensa de los animales.
Estas entidades habrán de estar legalmente constituidas e inscritas, en su caso, en los correspondientes registros, así como estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y de sus obligaciones tributarias.
Segundo. Objeto.
Sufragar los gastos que hayan de afrontar las entidades de protección animal en el año 2022, en concepto de tratamientos veterinarios y gastos en bienes fungibles no inventariable para el desarrollo de las actividades de las entidades de protección animal, incluyendo la comida adecuada de los animales, en el ejercicio de su actividad del auxilio y cuidado de animales domésticos y de compañía abandonados, independientemente de su especie, y que estén o hayan estado en custodia de la entidad de protección animal o en colonias felinas controladas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 3.3 de la Orden DSA/1045/2021, de 28 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a entidades de protección animal.
Tercero. Bases Reguladoras.
Orden DSA/1045/2021, de 28 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a entidades de protección animal.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía máxima de la convocatoria asciende a 3.000.000 de euros (tres millones de euros) que se distribuirá de forma proporcional a la puntuación que obtengan en la fase de valoración y, en todo caso, con una cuantía mínima de 250 euros y una cuantía máxima de 5.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el "Boletín Oficial del Estado".
Sexto. Otros datos.
El texto de la convocatoria y sus anexos están disponibles en la página web cuya dirección es www.mdsocialesa2030.gob.es.
Madrid, 22 de octubre de 2021.- El Subsecretario de Derechos Sociales y Agenda 2030, Joseba García Celada.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid