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Documento BOE-B-2021-4382

ELCHE

Publicado en:
«BOE» núm. 28, de 2 de febrero de 2021, páginas 5751 a 5751 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2021-4382

TEXTO

E D I C T O

D./Dña. Blanca C. Martínez Serrano, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia 4 de Elche,

Por el presente, hago saber: Que por auto de fecha 26/01/2021 en el procedimiento con número de autos 001797/2020 y N.I.G. 03065-42-1-2020-0012513, se ha declarado en Concursal - Sección 1.ª (General) [S01] Concurso Consecutivo al deudor Dña. María del Carmen Fernández Brotons, con domicilio en Calle San Jorge n.º 13- 1.º B de Santa Pola (Alicante) y NIF n.º 74.366.165.N.

Facultades del concursado: Suspendidas

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado D./Dª. Manuel Ramón Rives Fulleda, colegiado del Ilustre Colegio ICAO N.º 539 con domicilio postal para notificaciones: CALLE Cervantes Nº 2- 3º De Cox; dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: concursal@rivesabogados.es; y domicilio postal para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el Artículo 85 de la Ley Concursal: Calle Cervantes n.º 2- 3.º De Cox.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del Administrador Concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el deudor, se procede a la apertura de la misma con todos los efectos que previene el art. 145 de la Ley Concursal, con disolución de la mercantil.

La publicación de las resoluciones judiciales o sus extractos tendrá un valor meramente informativo o de publicidad notoria.

Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC.

Elche, 26 de enero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Blanca C. Martínez Serrano.

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