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Documento BOE-B-2021-38628

Edicto de la Excelentísima Diputación Provincial de Lugo referente a la expropiación forzosa para la obra: Foz.- Acondicionamiento de la LU-P-0210 "A Seara (LU-160)-San Acisclo (LU-152A)", del P.K. 5,100 al 5,236.

Publicado en:
«BOE» núm. 222, de 16 de septiembre de 2021, páginas 52835 a 52835 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-B-2021-38628

TEXTO

En la sesión del 2 de julio de 2021, da Xunta de Goberno de la Diputación Provincial de Lugo, se acordó el inicio del expediente expropiatorio, que se tramitará por la vía de urgencia, conforme al artículo 22.5 de la Ley 6/2015, del 7 de agosto, por la que se modifica la Ley 8/2013, del 28 de junio, de carreteras de Galicia, de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las obras del proyecto denominado FOZ.- Acondicionamiento de la LU-P-0210 "A Seara (LU-160) - San Acisclo (LU-152A)", del PK 5,100 al 5,236, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

En cumplimiento y ejecución del citado acuerdo, se anuncia el levantamiento de Actas Previas a la ocupación, a que se refiere el apartado 2.º del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, que tendrá lugar el día 20 de octubre del 2021, a las 10:00 horas, en la Casa del Concello de Foz, sin perjuicio de que el equipo técnico-administrativo se traslade, si es necesario, al lugar en el que encuentren situados los bienes objeto de expropiación y para cuyos actos se cita a los propietarios, a los demás afectados y a cuantas personas o entidades puedan ostentar derechos sobre tales bienes.

Las Actas se levantarán aún en el supuesto que no concurran los propietarios y demás interesados o quienes debidamente les representen.

A tales efectos podrán concurrir personalmente o debidamente representados, acreditando su personalidad y pudiendo hacerse acompañar a su costa de Perito y Notario, debiendo aportar la documentación precisa respecto a la titularidad de los derechos que aleguen (títulos registrales, cédulas de propiedad, etc.).

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 56.2 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Expropiación Forzosa, los interesados podrán formular escrito dirigido al Presidente de la Diputación Provincial de Lugo, con cuantas alegaciones estimen pertinentes hasta el levantamiento de las Actas Previas y solo a los efectos de emendar los posibles errores que se pudiesen padecer al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación.

La relación de los bienes y derechos afectados es la que sigue:

Nº en el plano

Referencia catastral

Propietario

Tipo de suelo

Sup. a expropiar (m²)

Otros bienes afectados

1

27019A027000740000TP

María Dolores Canoura Fernández

Núcleo rural común

36

2

27019A027000750000TL

Herederos de Eladio Pernas Fernández

Núcleo rural común

38

3

27019A027000760000TT

Herederos de Ramón Fernández Mariña

Núcleo rural común

11

4

27019A027001300000TW

Herederos de Eladio Pernas Fernández

Núcleo rural común

205

5 m de muro de mampostería de 1,30 m de altura; 1 ud de árbol frutal; 55 m de cierre vegetal

5

27019A027000780000TM

Fermín Río Cela

Núcleo rural común

13

6-A

001202900PJ32C0002QU

Juan José Goás Sánchez

Núcleo rural histórico tradicional

1

6-B

001202900PJ32C0003WI

Antonio López Suárez e María Celina López López

Núcleo rural histórico tradicional

34

7

27019A027001210001YK

Herederos de Serapio Vázquez Teijeiro

Núcleo rural histórico tradicional

500

Lugo, 24 de agosto de 2021.- El Presidente, Pilar García Porto.

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