Está Vd. en

Documento BOE-B-2021-3358

BILBAO

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 27 de enero de 2021, páginas 4516 a 4516 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-3358

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del texto refundido de la Ley Concursal, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2020, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 1220/2020, NIG número 48.04.2-20/026997, correspondiente al deudor AB BREATHING INSTITUTE, SOCIEDAD LIMITADA, con CIF B95949764, y lugar donde tiene el centro de intereses principales y domicilio es en calle Astondo Bidea, n.º 612, 48160 Derio, se ha dictado auto n.º 16/2021 en fecha 14 de enero de 2021 cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente:

1.- Se se declara el concurso voluntario de AB BREATHING INSTITUTE, SOCIEDAD LIMITADA, con NIF número B95949764. Simultáneamente, se declara su conclusión por insuficiencia de la masa activa.

2.-Publíquese esta resolución en el Registro Público Concursal y en el Boletín oficial del Estado. La publicación de los edictos tendrá carácter gratuito.

El oficio con el edicto y los mandamientos se entregarán a la procuradora que se encargará de su diligenciamiento.

3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica concursada. Cancélese su inscripción en el Registro de Mercantil de Bizkaia a cuyo efecto, una vez firme esta resolución, se expedirá mandamiento al citado Registro.

4.- Notifíquese esta resolución a las partes personas y al Fondo de Garantía Salarial, a la Tesorería General de la Seguridad Social y al departamento de Hacienda de la Diputación foral de Bizkaia.

5.- Comuníquese a los Juzgados Decanos de Bilbao, Gernika, Barakaldo, Getxo, Durango y Balmaseda la presente declaración y conclusión del concurso interesando la suspensión de las ejecuciones que se encontraren en tramitación en los órganos citados, procediendo, en su caso, a su archivo definitivo.

6.- Si aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 503 y siguientes del TRLC.

Bilbao, 14 de enero de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Jaime Mourenza Arriola.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid