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Documento BOE-B-2021-33235

Anuncio del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Pontevedra por el que se somete a información pública la solicitud de Autorización Administrativa Previa y el Estudio de Impacto Ambiental del Parque Eólico Galerna, de 56 MW, situado en los términos municipales de Lalín y Dozón (Pontevedra) y O Irixo (Ourense), Parque Eólico Brisa, de 61’6 MW, situado en los términos municipales de Lalín, Dozón y Rodeiro (Pontevedra), Parque Eólico Céfiro, de 56 MW, situado en el término municipal de Lalín (Pontevedra), y su infraestructura de evacuación, situada en los términos municipales de Lalín, Dozón, Vila de Cruces y Silleda (Pontevedra).

Publicado en:
«BOE» núm. 168, de 15 de julio de 2021, páginas 44170 a 44174 (5 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Función Pública
Referencia:
BOE-B-2021-33235

TEXTO

La entidad Greenalia Wind Power Galerna, S.L.U., ha solicitado Declaración de Impacto Ambiental, Autorización Administrativa Previa y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública de la instalación "Parque eólico Galerna", de 56 MW de potencia, ubicado en los términos municipales de Lalín y Dozón, en la provincia de Pontevedra, y O Irixo, en la provincia de Ourense.

La entidad Greenalia Wind Power Brisa, S.L.U., ha solicitado Declaración de Impacto Ambiental, Autorización Administrativa Previa y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública de la instalación "Parque eólico Brisa", de 61'6 MW, situado en los términos municipales de Lalín, Dozón y Rodeiro, en la provincia de Pontevedra.

La entidad Greenalia Wind Power Céfiro, S.L.U., ha solicitado Declaración de Impacto Ambiental, Autorización Administrativa Previa y Declaración, en concreto, de Utilidad Pública de la instalación "Parque eólico Céfiro", de 56 MW, situado en el término municipal de Lalín, en la provincia de Pontevedra.

Con posterioridad a dichas solicitudes, las promotoras han presentado desistimiento de su solicitud de Declaración, en concreto, de Utilidad Pública (sin perjuicio de su tramitación en un momento posterior), persistiendo en los otros dos procedimientos (Autorización Administrativa Previa y Evaluación de Impacto Ambiental).

Dentro del alcance de las referidas instalaciones se incluyen sus infraestructuras de evacuación hasta la subestación eléctrica que las conectará con la red de transporte. El conjunto de las actuaciones indicadas se desarrollará, además de en los referidos términos municipales de Lalín, Dozón, Rodeiro y O Irixo, en los términos municipales de Vila de Cruces y Silleda, en la provincia de Pontevedra.

La puesta en funcionamiento de nuevas instalaciones de producción de energía eléctrica está sometido al régimen de autorizaciones definido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo, destacando entre estas el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Asimismo, el proyecto está sujeto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, en virtud de lo definido en el artículo 7.1.a de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.

De conformidad con lo previsto en el artículo 53.1.a de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, la tramitación de ambos procedimientos (Autorización Administrativa Previa y Evaluación de Impacto Ambiental) se está efectuando de manera conjunta. Asimismo, con fecha 19 de enero de 2021, se dictó por la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico acuerdo por el que se acumula la tramitación de los procedimientos correspondientes a las tres instalaciones, motivado por la identidad sustancial e íntima conexión de sendos proyectos, compartiendo la infraestructura de evacuación principal y con una clara sinergia ambiental entre ellos.

A los efectos previstos en el artículo 125.1 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en el artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, se somete a trámite de información pública el Estudio de Impacto Ambiental y la solicitud de Autorización Administrativa Previa de las instalaciones indicadas, cuyas características generales son las siguientes:

Parque Eólico Galerna.

Peticionaria: Greenalia Wind Power Galerna, S.L.U., con CIF B-70604111, y domicilio en Plaza de María Pita, 10, 1.º, CP 15001, A Coruña.

Denominación: Parque Eólico Galerna, de 56 MW, y su infraestructura de evacuación.

Código de proyecto: PEol-324 AC.

Emplazamiento: Términos municipales de Lalín, Dozón, Vila de Cruces, Silleda (provincia de Pontevedra) y O Irixo (provincia de Ourense).

Finalidad: Generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovable (eólica).

Características técnicas:

Parque Eólico: 10 aerogeneradores de 5'6 MW de potencia unitaria, con transformador de potencia 30/0'72 kV instalado en el interior de la góndola de cada aerogenerador, con 150 m de diámetro de rotor y una altura de buje de 105 metros. Incluye torre meteorológica. Términos municipales de Lalín y Dozón (provincia de Pontevedra).

Sistema colector de energía: los aerogeneradores de cada circuito colector se conectan eléctricamente mediante líneas subterráneas de 30 kV a la subestación receptora del parque.

Subestación eléctrica del parque eólico Galerna (subestación elevadora de tensión 30/132 kV): con el objetivo de evacuar la energía generada, se construirá una subestación en el parque eólico, para elevar la tensión de la red de interna del parque (30 kV) al nivel del punto de interconexión previsto con la línea de evacuación (132 kV). Las dimensiones aproximadas en planta de la subestación serán de 35 metros x 28 metros. Término municipal de Lalín (provincia de Pontevedra).

Línea de alta tensión de evacuación: la línea evacuará a 132 kV la energía generada en el parque eólico Galerna desde la SET PE Galerna 30/132 kV hasta la SET colectora Silleda 132/400 kV (subestación incluida en el alcance de actuaciones previstas); línea subterránea en dos de sus tramos y aérea en el resto, simple circuito, longitud aproximada de 41'26 km. Términos municipales de Lalín, Dozón, Vila de Cruces y Silleda (provincia de Pontevedra).

Subestación colectora Silleda (132/400 kV): nueva subestación colectora que concentra la energía procedente de varios parques en la zona en 132 kV y la eleva a 400 kV para su conexión a la red de transporte a través de la línea a 400 kV SET colectora Silleda – SET Silleda (línea incluida en el alcance de actuaciones previstas). Término municipal de Silleda (provincia de Pontevedra).

Línea de alta tensión 400 KV: para conexión de la SET colectora Silleda 132/400 kV con la SET Silleda 400 kV de la red de transporte; línea simple circuito, longitud aproximada de 0'23 km. Término municipal de Silleda (provincia de Pontevedra).

Presupuesto: 65.157.439'87 €.

Parque Eólico Brisa.

Peticionaria: Greenalia Wind Power Brisa, S.L.U., con CIF B-70604103, y domicilio en Plaza de María Pita, 10, 1.º, CP 15001, A Coruña.

Denominación: Parque Eólico Brisa, de 61'6 MW, y su infraestructura de evacuación.

Código de proyecto: PEol-324 AC.

Emplazamiento: Términos municipales de Lalín, Dozón y Rodeiro (provincia de Pontevedra).

Finalidad: Generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovable (eólica).

Características técnicas:

Parque Eólico: 11 aerogeneradores de 5'6 MW de potencia unitaria, con transformador de potencia 30/0'72 kV instalado en el interior de la góndola de cada aerogenerador, con 150 m de diámetro de rotor y una altura de buje de 105 metros. Incluye torre meteorológica. Términos municipales de Lalín, Dozón y Rodeiro (provincia de Pontevedra).

Sistema colector de energía: los aerogeneradores de cada circuito colector se conectan eléctricamente mediante líneas subterráneas de 30 kV a la subestación receptora del parque.

Subestación eléctrica del parque eólico Brisa (subestación elevadora de tensión 30/132 kV): con el objetivo de evacuar la energía generada, se construirá una subestación en el parque eólico, para elevar la tensión de la red de interna del parque (30 kV) al nivel del punto de interconexión previsto con la línea de evacuación (132 kV). Las dimensiones aproximadas en planta de la subestación serán de 35 metros x 28 metros. Término municipal de Dozón (provincia de Pontevedra).

Línea de alta tensión de evacuación: la línea evacuará a 132 kV la energía generada en el parque eólico Brisa desde la SET PE Brisa (30/132 kV) hasta el punto de conexión en "T" con la línea aérea de alta tensión PE Galerna-SET colectora Silleda, en su apoyo n.º 37. Línea aérea, simple circuito, con una longitud aproximada de 1'4 km. Término municipal de Dozón (provincia de Pontevedra).

Presupuesto: 50.241.177'75 €.

Parque Eólico Céfiro.

Peticionaria: Greenalia Wind Power Céfiro, S.L.U., con CIF B-70604129, y domicilio en Plaza de María Pita, 10, 1.º, CP 15001, A Coruña.

Denominación: Parque Eólico Céfiro, de 56 MW, y su infraestructura de evacuación.

Código de proyecto: PEol-324 AC.

Emplazamiento: Término municipal de Lalín (provincia de Pontevedra).

Finalidad: Generación de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovable (eólica).

Características técnicas:

Parque Eólico: 10 aerogeneradores de 5'6 MW de potencia unitaria, con transformador de potencia 30/0'72 kV instalado en el interior de la góndola de cada aerogenerador, con 150 m de diámetro de rotor y una altura de buje de 105 metros. Incluye torre meteorológica. Término municipal de Lalín (provincia de Pontevedra).

Sistema colector de energía: los aerogeneradores de cada circuito colector se conectan eléctricamente mediante líneas subterráneas de 30 kV a la subestación receptora del parque.

Subestación eléctrica del parque eólico Céfiro (subestación elevadora de tensión 30/132 kV): con el objetivo de evacuar la energía generada, se construirá una subestación en el parque eólico, para elevar la tensión de la red de interna del parque (30 kV) al nivel del punto de interconexión previsto con la línea de evacuación (132 kV). Las dimensiones aproximadas en planta de la subestación serán de 35 metros x 28 metros. Término municipal de Lalín (provincia de Pontevedra).

Línea de alta tensión de evacuación: la línea evacuará a 132 kV la energía generada en el parque eólico Céfiro desde la SET PE Céfiro (30/132 kV) hasta el punto de conexión en "T" con la línea aérea de alta tensión PE Galerna-SET colectora Silleda, en su apoyo n.º 57. Línea aérea, simple circuito, con una longitud aproximada de 57 metros (sin incluir el vano destensado de conexión a la subestación). Término municipal de Lalín (provincia de Pontevedra).

Presupuesto: 54.162.615'39 €

Los procedimientos en los cuales se encuadra este trámite de información pública están reglados en el artículo 53.1.a de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (referido como "Autorización Administrativa Previa"); en el artículo 122 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en su redacción dada por el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio (referido como "Autorización Administrativa"); y en el Título II, Capítulo II, Sección 1ª de la Ley 21, 2013, de 9 de diciembre ("Procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria para la formulación de la declaración de impacto ambiental").

Corresponde a la Dirección General de Política Energética y Minas, del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, dictar la resolución de Autorización Administrativa Previa de las instalaciones. Corresponde a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, del mismo ministerio, formular la Declaración de Impacto Ambiental. Corresponde a la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Pontevedra (que actúa además sobre la provincia de Ourense) la tramitación de ambos procedimientos; con tal motivo, esta Dependencia es el órgano ante el que pueden presentarse alegaciones.

Todo lo anterior se hace público para que pueda ser examinado el expediente y, en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el boletín oficial correspondiente, formularse las alegaciones que se estimen oportunas, dirigidas a la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Pontevedra, a través el Registro Electrónico de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es) o por cualquier otro de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Se advierte que las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y otros sujetos identificados en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo. Con tal motivo, las alegaciones formuladas por cualquiera de esos sujetos en este trámite de información pública deben obligatoriamente presentarse por medios electrónicos.

El Anteproyecto y el Estudio de Impacto Ambiental de las instalaciones pueden ser examinados:

* a través del siguiente enlace:

completo:

https://ssweb.seap.minhap.es/almacen/descarga/envio/0ed472bbf11c3118ac0b3ac1e866a9c207b00e2b

abreviado: http://run.gob.es/PEol324AC

* a través del apartado "Proyectos, Campañas e Información/Procedimientos de Información Pública" de la sede electrónica de la Delegación del Gobierno en Galicia;

* presencialmente en el Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Pontevedra, sita en Plaza de España, s/n, 36002, Pontevedra; esta consulta presencial requerirá de cita previa, que puede solicitarse a través del teléfono 986 98 92 35, en horario de 9h a 14h, o del correo electrónico a industria.pontevedra@correo.gob.es;

La documentación anterior también ha sido puesta a disposición de cada uno de los Ayuntamientos afectados.

Pontevedra, 30 de junio de 2021.- El Jefe de la Dependencia del Área de Industria y Energía, Pablo de Castro Cortizas.

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