Juzgado de Primera Instancia nº 92, anuncia:
1º.- Que en el Juzgado de Primera Instancia 92 de Madrid en el procedimiento Concurso Abreviado 661/2020 por auto de fecha 30 de abril de 2021 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 468 TRLC y ss del TRLC.
2º.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor Subsistentes
3º.- Se concede el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, si bien se podrá revocar si, durante los cinco años siguientes a su concesión, se constatase que el deudor ha ocultado la existencia de bienes o derechos o de ingresos, salvo que fueran inembargables según la Ley 1/200, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Madrid, 21 de mayo de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Lorenzo Lobo Zamora.
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