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Documento BOE-B-2021-2279

Extracto de la resolución de 14 de diciembre de 2020 del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, por la que se concede subvención directa a la Asociación Aula Cultural de Fomento

Publicado en:
«BOE» núm. 18, de 21 de enero de 2021, páginas 3209 a 3210 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2021-2279

TEXTO

BDNS(Identif.):540841

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/540841)

Primero: Objeto y Beneficiario

Se concede a la Asociación Aula Cultura de Fomento una subvención directa por importe de seis mil novecientos cuarenta euros (6.940,00), para sufragar gastos propios y específicos de la realización, en coordinación con la Subdirección General de Administración y Gestión Financiera, de las actividades que den difusión al Departamento desde una perspectiva cultural.

Segundo: Crédito presupuestario.

El importe de la subvención de 6.940,00 euros, definida en el apartado anterior, se financiará con cargo a la aplicación del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana 17.01.451N.482, de conformidad con el Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de diciembre de 2019 por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga para 2020 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2019.

Tercero: Obligaciones del Beneficiario.

Además de las obligaciones generales previstas para los beneficiarios de subvenciones en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Aula Cultural de Fomento, en su condición de beneficiaria de la subvención prevista en el Real Decreto 1019/2020, quedará sujeta al cumplimiento de las siguientes obligaciones específicas:

a) Aulas: Conferencias, coloquios, mesas redondas, lecturas, proyecciones de imágenes y cinematográficas, talleres, edición de documentación, etc., acerca de temas culturales, así como de asuntos técnicos, administrativos e históricos relacionados con el presente y el pasado del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

b)Visitas colectivas guiadas y otras: Visitas a lugares de interés en Madrid: Museos, exposiciones, galerías de arte, monumentos e instituciones culturales, así como entidades, proyectos y obras técnicas y de infraestructuras. Visitas colectivas e individuales a teatros, conciertos y otros eventos culturales.

c)Excursiones colectivas: Excursiones a lugares cuyo interés sea cultural o relacionado con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y que se encuentren situados fuera de la ciudad de Madrid.

d)Otros: Cualquier otra actividad lícita estimada adecuada para cumplir el fin de la Asociación

Cuarto: Pago de la Subvención.

El pago de la subvención se efectuará en dos periodos, realizándose el primero de ellos en el mes inmediatamente posterior a la publicación del Real Decreto 1019/2020, y el siguiente pago en el mes de diciembre.

Cinco: Justificación.

La justificación de la subvención concedida a la Asociación Aula Cultural de Fomento, al tratarse de un importe inferior a sesenta mil euros, podrá realizarse de acuerdo a lo estipulado en el artículo 75 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Sexto: Publicación en "Boletín Oficial del Estado".

En cumplimiento del Artículo 3, Punto 5 del Real Decreto 1019/2020 se publica esta resolución en el "Boletín Oficial del Estado"

Madrid, 14 de diciembre de 2020.- El Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos Meco.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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