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Documento BOE-B-2021-21940

Acuerdo de la Dirección General del Patrimonio del Estado, de 29 de marzo de 2021, que declara la caducidad del procedimiento de declaración de herencia abintestato a favor de la Administración General del Estado causada por D. Francisco Javier Izaguirre Elejalde.

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 5 de mayo de 2021, páginas 28462 a 28462 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2021-21940

TEXTO

Expediente: 201500300196

Abintestato Francisco Javier Izaguirre Elejalde

ACUERDO DE CADUCIDAD

Con fecha 11 de septiembre de 2017, se procedió a incoar por el Delegado de Economía y Hacienda en Alicante expediente para la declaración administrativa de herencia abintestato a favor de la Administración General del Estado de FRANCISCO JAVIER IZAGUIRRE ELEJALDE, publicándose el referido acuerdo en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de última residencia de la causante y en la página web del Ministerio de Hacienda y Función Pública, siendo instruido de conformidad con los artículos 20.6 y 20 bis de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP), y en los artículos 4 y siguientes de su Reglamento General, aprobado por Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto.

De conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 20 bis.6 de la LPAP, el procedimiento de abintestato ha incurrido en caducidad al haber transcurrido el plazo de un año desde que se acordó su inicio.

En la instrucción del expediente se ha acreditado la existencia de herederos legítimos del causante con derecho a suceder en la herencia del difunto según prevé el art. 954 del Código Civil, conforme se recoge en el informe de la Abogacía del Estado en la provincia de 4 de febrero de 2021.

Por todo lo expuesto, esta Dirección General acuerda:

1º.- Declarar la caducidad del procedimiento de declaración de herencia abintestato a favor de la Administración General del Estado causada por FRANCISCO JAVIER IZAGUIRRE ELEJALDE en aplicación del artículo 20 bis.6 LPAP, por haberse agotado el plazo de un año para la resolución del procedimiento

2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado y en los demás medios en los que se publicó el acuerdo de incoación, de conformidad con lo previsto en apartado 7 del artículo 20.bis de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, debiendo comunicarse además personalmente a los interesados en el expediente y, en su caso, al denunciante.

Madrid, 29 de marzo de 2021.- El Director General del Patrimonio del Estado. P.D. (Res. 27-07-15, BOE 5 de agosto de 2015). El Subdirector General del Patrimonio del Estado, Bernardino Pérez Crespo.

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