El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Valencia, en la sesión celebrada el 19 de febrero de 2021, de acuerdo con la Propuesta de Resolución elevada por la Dirección General,
Acuerda:
Otorgar la Licencia para la prestación del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques, regulados por el Anexo V del Convenio internacional para prevenir la contaminación ocasionada por los buques de 1973, modificado por su Protocolo de 1978, en su versión vigente (Convenio MARPOL 73/78), en los puertos de València, Sagunto y Gandía, a SERVMAR BALEAR, S.L., con NIF B04732768, por un plazo de seis (6) años contados desde la fecha de notificación del acuerdo de otorgamiento de la licencia, con sujeción al Pliego de Prescripciones Particulares aprobado por el Consejo de Administración en su sesión de 18 de febrero de 2010, a su posterior Acuerdo de 4 de noviembre de 2010 que lo complementa, así como a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre (TRLPEMM), lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2017/352 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de febrero de 2017, por el que se crea un marco para la prestación de servicios portuarios y se adoptan normas comunes sobre la transparencia financiera de los puertos.
Lo que se publica para general conocimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115.3 del TRLPEMM.
Valencia, 19 de abril de 2021.- El Presidente, Aurelio Martínez Estévez.
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