El Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, P.D. en el Secretario de Estado Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, P.D. (Orden FOM/1356/2016, de 20 de julio), con fecha 3 de noviembre de 2020 ha resuelto:
"Aprobar el expediente de información pública y definitivamente el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano presentado para el tramo comprendido entre los pp.kk. 613+520 y 614+970 de la carretera N-120 en el T.M. de A Cañiza (Pontevedra), de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, conforme a lo aprobado provisionalmente el 21 de marzo de 2018, según lo siguiente:
· Delimitar como tramo urbano el comprendido entre los pp.kk. 613+520 y 614+970 ambas márgenes, de la carretera N-120, en el T.M. de A Cañiza (Pontevedra).
· Delimitar como travesía el tramo comprendido entre los pp.kk. 613+520 y 614+970 de la carretera N-120, en el T.M. de A Cañiza (Pontevedra).
· Fijar para el tramo urbano establecido en el punto anterior la línea límite de edificación en la alineación de viario indicada en el Plan General de Ordenación Municipal de A Cañiza aprobado por el Ayuntamiento en Pleno, en sesión celebrada el 27 de junio de 2003, en ambas márgenes, del p.k. 613+520 al p.k. 614+970 de la N-120 según planos adjuntos.
· Fijar el borde exterior de la zona de dominio público a 3 m., en ambas márgenes, medidos horizontalmente desde la arista exterior de la explanación y perpendicularmente a dicha arista, desde el p.k. 613+520 al p.k. 614+970 de la carretera N-120 según planos adjuntos.
· Fijar el borde exterior de la zona de servidumbre a 8 m., en ambas márgenes, medidos horizontalmente desde la arista exterior de la explanación y perpendicularmente a dicha arista, desde el p.k. 613+520 al p.k. 614+970 de la carretera N-120 según planos adjuntos.
Con fecha 22 de marzo de 2021 el Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, P.D. en el Secretario de Estado Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, P.D. (Orden FOM/1356/2016, de 20 de julio), ha resuelto aprobar los planos de la propuesta del Estudio adjuntos en el anexo."
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Ministro del Departamento, en el plazo de un (1) mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos (2) meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
A Coruña, 16 de abril de 2021.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación, Ángel González del Río.
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