Está Vd. en

Documento BOE-B-2021-18163

Resolución del Servicio de Industria y Energía de la Ciudad Autónoma de Ceuta sobre autorización administrativa previa, declaración de utilidad pública y autorización administrativa de construcción, para la instalación de un nuevo centro de transformación denominado "Simoa" y alimentación a 15 kV.

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 15 de abril de 2021, páginas 23440 a 23441 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ciudad de Ceuta
Referencia:
BOE-B-2021-18163

TEXTO

Vista la solicitud de D. Antonio Palomares Fernández, en representación de la Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Distribución, Sociedad Anónima Unipersonal, con domicilio en Ceuta, calle Beatriz de Silva nº 2, solicitando autorización administrativa previa, declaración de utilidad pública y autorización administrativa de construcción, para la instalación de un nuevo centro de transformación denominado "Simoa" y trazado de línea eléctrica subterránea de media tensión de 15 kV entre C.T "Mendoza" - C.T. "XXV Años de Paz" y C.T. "Teniente Arrabal" y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Título VII, Capítulo II, Sección 2ª del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. En relación con la aplicación de esas normas en el presente caso hay que tener en cuenta la disposición transitoria segunda de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Este Servicio, en ejercicio de las competencias asignadas por el Real Decreto 2502/1996 de 5 de diciembre sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de Industria y Energía, ha resuelto:

1º.- AUTORIZAR a la Empresa de Alumbrado Eléctrico de Ceuta Distribución, Sociedad Anónima Unipersonal, la autorización administrativa previa de las instalaciones citadas.

Ubicación del C.T. denominado "Simoa" en local de obra civil emplazado en la fachada lateral por C/ Simoa del Edificio Álvaro Bazán, en planta baja del mismo, ubicado entre las calles Galea y Simoa.

Trazado de una nueva línea subterránea de 15kV comprendida desde el nuevo centro transformador "Simoa" hasta el centro transformador "Mendoza" con conductores tipo RHZ1 2OL (entubado) con sección 3(1x150mm2) y 108 metros de longitud.

Trazado de una nueva línea subterránea de 15kV comprendida desde el centro transformador "Teniente Arrabal" pasando por arqueta de empalme EAE1 con conductores tipo DHVFAZ1 (entubado) con sección 3(1x150mm2) y 86 metros de longitud, hasta el centro transformador "Simoa" con conductores tipo RHZ1 2OL (entubado) con sección 3(1x150mm2) y 30 metros de longitud.

Trazado de una nueva línea subterránea de 15kV comprendida desde el centro transformador "XXV Años de Paz" pasando por arqueta de empalme EAE1 con conductores tipo DHVFAZ1 (entubado) con sección 3(1x150mm2) y 61 metros de longitud, hasta el centro transformador "Simoa" con conductores tipo RHZ1 2OL (entubado) con sección 3(1x150mm2) y 30 metros de longitud.

Discurrirán en la mayor parte de su recorrido por las Calles Simoa, Galea, Teniente Arrabal y Marina Española.

2º.- DECLARAR la utilidad pública, en concreto, de dicha instalación eléctrica, a los únicos efectos de lo expresado en el artículo 54.2 de la ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector Eléctrico.

3º.- APROBAR la Autorización Administrativa de Construcción (Aprobación del Proyecto de Ejecución).

Una vez ejecutado el proyecto, se presentará la correspondiente solicitud de la autorización de explotación, dirigida al Servicio de Industria y Energía de la ciudad Autónoma de Ceuta para dar cumplimiento a los trámites reglamentarios ordenados en el Título VII, Capítulo II, Sección 3ª del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y la disposición transitoria segunda de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

A dicha solicitud se acompañará un certificado de final de obra suscrito por técnico facultativo competente, en el que conste que la instalación se ha realizado de acuerdo con las especificaciones contenidas en el proyecto de ejecución aprobado, así como las prescripciones de la reglamentación técnica aplicable a la materia.

El plazo establecido de solicitud de la autorización de explotación y finalización de las obras de ejecución, será de doce meses, indicando que si transcurrido dicho plazo, aquélla no ha sido solicitada, podrá solicitar el peticionario, por razones justificativas, prórrogas del plazo establecido.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados el recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ceuta, 19 de marzo de 2021.- Director General de Servicios Urbanos, Patrimonio Natural e Industria, Manuel Jurado Belmonte.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid