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Documento BOE-B-2021-17466

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 12 de abril de 2021, páginas 22356 a 22357 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-17466

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000389/2013 referente al concursado MATERIAS PRIMAS DEL NORTE, S.L. con CIF B31762735, con domicilio en Avda. de Tudela, 35 de Fontellas por Auto de fecha 25 de marzo de 2021 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así:

PARTE DISPOSITIVA

DECIDO:

1º.- Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la entidad MATERIAS PRIMAS DEL NORTE, S.L., con CIF B31762735 y archivo del presente procedimiento cesando todos los efectos de la declaración del concurso sin perjuicio de su posible reapertura.

2º.- Se acuerda el cese en su cargo del Administrador Concursal y se declaran aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración Concursal.

Conforme a lo dispuesto en art. 479.6 TRLC llévese testimonio de la presente resolución a la Sección 2.ª

3º.- Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra, inscrita al Tomo 391, Folio 34, Hoja de inscripción NA-18810. A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución.

4º.- Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase Mandamiento al Registro Mercantil de Navarra con expresión de su firmeza, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva.

5º.- Dese publicidad a la presente resolución mediante publicación en el RPC y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

6º.- Remítase esta resolución al «Boletín Oficial del Estado» para que sea publicada a la mayor brevedad en virtud del art. 482 del TRLC.

Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor.

Entréguense los despachos al Procurador de la concursada para que cuide de su curso y gestión.

Comuníquese al Juzgado Decano de Tudela y a todos los Juzgados de 1.ª Instancia y Social de Pamplona, con el fin de que se ponga en conocimiento la conclusión del presente concurso a los efectos de los artículos 483 y siguientes TRLE.

RECURSO.- Contra el presente auto no cabe recurso alguno (art. 481.1 TRLC)

Así lo acuerda y firma S.Sª. Iltma., doy fe.

El/la Magistrado-Juez El/la Letrado de la Administración de Justicia

Pamplona, 26 de marzo de 2021.- El/la Letrado de la Administración de Justicia, Elena María Daniel Del Valle.

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