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Documento BOE-B-2021-1726

Resolución de la Autoridad Portuaria de Vigo, por la que se hace público el otorgamiento al CONSORCIO ZONA FRANCA DE VIGO, de una ampliación (12 años) del plazo inicial de la concesión cuya titularidad ostenta por O.M. 18/10/1989 y Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Vigo de fecha 27/12/2012, en el área portuaria de Bouzas del Puerto de Vigo.

Publicado en:
«BOE» núm. 15, de 18 de enero de 2021, páginas 2331 a 2331 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2021-1726

TEXTO

Por Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Vigo de fecha 30 de octubre de 2020, se otorgó al CONSORCIO ZONA FRANCA DE VIGO, una ampliación de doce (12) años, en el plazo inicial de la concesión otorgada por O.M. 18/10/1989 y Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Vigo de fecha 27 de diciembre de 2012, con destino a la prestación del servicio público de "zona franca", en el área portuaria de Bouzas del Puerto de Vigo.

- Superficie: 142.052 m² de terrenos.

- Plazo: Se establece como plazo de la concesión el de 30 años, con inicio el día 25 de octubre de 1989. Finalizado dicho plazo entrará en vigor la prórroga de 5 años ya otorgada y actualmente en vigor. Una vez finalizada la prórroga (24 de octubre de 2024) se producirá la entrada en vigor de la ampliación del plazo inicial de 12 años.

- Tasas: * Ocupación: A partir de la fecha de entrada en vigor de la ampliación del plazo concesional, 4,86 euros/m2 y año, para la totalidad de los terrenos ocupados situados dentro del área funcional I-2 de la valoración de terrenos y lámina de agua de la zona de servicio del Puerto de Vigo.

*Actividad: 1,20 euros a cada tonelada movida a través de la concesión, con un tráfico mínimo de 270.000 tm anuales.

Los gastos de este anuncio serán por cuenta del adjudicatario.

Lo que se hace público para el general conocimiento de conformidad a lo previsto en el artículo 85.7 del Real Decreto Legislativo de 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Vigo, 8 de enero de 2021.- La Directora, Beatriz Colunga Fidalgo.

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