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Documento BOE-B-2021-16920

JAÉN

Publicado en:
«BOE» núm. 85, de 9 de abril de 2021, páginas 21730 a 21730 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-16920

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 6/21, con NIG 2305042120210000279 por auto de fecha 18/02/21 se ha declarado en concurso de acreedores consecutivo a los deudores D. Luis García Jaime y Dña Adoración Lomas Barrio, con D.N.I. números 24208892N y 33922604L, respectivamente, ambos con domicilio en C/ Santo Tomás de Aquino n.º 19 Bl 2 4º1ª Alcalá la Real.

2º.- Se acuerda la apertura de la fase de liquidación y la suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título VIII del TRLC.

3º.- Se acuerda la extinción del derecho a la obtención de alimentos con cargo a la masa activa.

4º.- Se declara la conclusión del concurso, y previamente se nombra Administrador Concursal, el cual deberá liquidar los bienes existentes y pagar los créditos contra la masa siguiendo el orden establecido en el TRLC y para el supuesto de insuficiencia de masa.

5º- Que los acreedores de los concursados deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los art. 256 y 257 del TRLC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido:

Conlegaudita, S.L.P

Domicilio Postal: Calle Marqués de Linares, n.º 29 23700 Linares

Correo electrónico: martin@mm-consultores.es

El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, Registro Público Concursal, tablón de anuncios del Juzgado y Sede Judicial Electrónica de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía.

No necesitarán solicitar reconocimiento los titulares de créditos que hubieran firmado el acuerdo extrajudicial.

6º- Que los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 512)

7º.- La dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es la siguiente: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Jaén, 5 de abril de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Manuel Gabriel Blanca Buendía.

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