BDNS(Identif.):555804
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/555804)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en la convocatoria las agrupaciones de personas jurídicas definidas en el artículo 4 de la de la Orden CNU/1308/2018 de 28 de noviembre, que puedan llevar a cabo proyectos en cooperación. Las agrupaciones deberán estar constituidas por empresas, según la definición del artículo 3.1 de la Orden CNU/1308/2018, de 28 de noviembre.
Segunda. Objeto.
La convocatoria tiene por objeto el apoyo a proyectos estratégicos de I+D en tecnologías aeronáuticas, que contribuyan a alcanzar alguno de los retos tecnológicos identificados en el Anexo I de la convocatoria.
Los proyectos objeto de ayuda serán proyectos de I+D empresarial en cooperación y podrán acogerse a una de las siguientes categorías, "PTA Grandes Empresas" o "PTA PYMES", debiendo cumplir los requisitos de la misma:
a) PTA Grandes Empresas:
Presupuesto: los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 5.000.000 de euros y máximo de 12.000.000 de euros. El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 500.000 euros en el caso de gran y mediana empresa y de 250.000 euros en el caso de la pequeña empresa.
Distribución presupuestaria por años: los proyectos deberán tener una distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto.
Duración: los proyectos deberán ser plurianuales y parte de los mismos deberá realizarse en el año 2021. Los proyectos tendrán una duración de dos, tres o cuatro años naturales, de forma que deberán finalizar el 31 de diciembre de 2022, el 31 de diciembre de 2023 o el 31 de diciembre de 2024, respectivamente.
Tamaño de la agrupación beneficiaria: cada agrupación debe estar constituida por un mínimo de tres y un máximo de seis empresas; al menos dos de ellas deberán ser autónomas, conforme a la definición establecida en el artículo 3.1 del Anexo I del Reglamento (UE) 651/2014, de 17 de junio de 2014 general de exención por categorías.
Composición de la agrupación: la empresa representante de la agrupación, en los términos del artículo 3 de esta convocatoria, deberá tener la consideración de gran empresa y, al menos, uno de los socios deberá ser una pequeña o mediana empresa (pyme), conforme a la definición establecida en el artículo 3.1 de la Orden CNU/1308/2018, de 28 de noviembre.
b) PTA PYMES:
Presupuesto: los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 2.500.000 euros y máximo de 5.000.000 de euros. El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 200.000 euros.
Distribución presupuestaria por años: los proyectos deberán tener una distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto.
Duración: los proyectos deberán ser plurianuales y parte este deberá realizarse en el año 2021. Los proyectos tendrán una duración de dos o tres años naturales, de forma que deberán finalizar el 31 de diciembre de 2022 o el 31 de diciembre de 2023, respectivamente.
Tamaño de la agrupación beneficiaria: cada agrupación debe estar constituida por un mínimo de dos y un máximo de cuatro empresas; al menos dos de ellas deberán ser autónomas.
Composición de la agrupación: la empresa representante de la agrupación, en los términos del artículo 3 de esta convocatoria, deberá tener la consideración de mediana empresa y el resto de los socios deberá tener la consideración de pyme, conforme a la definición establecida en el artículo 3.1 de la Orden CNU/1308/2018, de 28 de noviembre.
La cuantía individualizada de las ayudas se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario y de las disponibilidades presupuestarias. En todo caso, la ayuda respetará los límites de intensidad máximos establecidos en el artículo 11.5 de la Orden CNU/1308/2018 de 28 de noviembre.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden CNU/1308/2018, de 28 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por parte del Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial, E.P.E., de ayudas públicas en el marco del Subprograma Estatal de I+D+i Empresarial del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020, destinadas a empresas.
Cuarto. Financiación.
El presupuesto máximo de esta convocatoria es de 35.000.000 de euros y se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestarias 28.50.460E.74910 y 28.50.460E.74911 de los Presupuestos Generales del Estado de 2021.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará el día 19 de abril de 2021 y finalizará el día 7 de junio de 2021, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.
Madrid, 31 de marzo de 2021.- La Presidenta del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial E.P.E., Teresa Riesgo Alcaide.
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