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Documento BOE-B-2021-16831

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 84, de 8 de abril de 2021, páginas 21592 a 21592 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-16831

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del TRLC, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 357/2021, (NIG 2906742120210010480 ), por auto de fecha 17 de marzo de 2021 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Tourist Homes Investments, S.L., con NIF B93560464, domicilio en Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2º.- Que el deudor ha sido suspendido de sus facultades atribuyéndose las mismas a la Administración Concursal.

3º.- Que la Administración Concursal la integra es Pricewaterhousecoopers Tax & Legal, S.L. (Anteriormente denominada "Landwell Pricewaterhousecoopers Tax & Legal Ser-vices, S.L.) con CIF B80909278, con domicilio C/ PIRANDELLO 16, Edificio Teatinos 5.ª PLANTA y dirección postal 29010 vecino de Málaga, TFNO: 952 34 54 00 y con dirección de correo electrónico es_touristhomes@pwc.com que designa a los efectos de comunicación de créditos. Conforme a lo dispuesto en el artículo 63 del TRLC la persona natural que representará a la referida sociedad nombrada en el ejercicio del cargo y que reúne los requisitos del artículo 63.4 TRLC es D. Nicolás Molina García, abogado, con D.N.I. 27510383Z.

4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los artículos 255 y siguientes del TRLC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración Concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el «Boletín Oficial del Estado».

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512.1 y 2 del TRLC). Se hace saber a los interesados que deberán personarse en los autos de concurso conforme al art. 512 del TRLC.

6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 5 de abril de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

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