En sesión celebrada con fecha 16 de marzo de 2021, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Avilés, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 30.5, apartado n), del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, acordó el otorgamiento de una concesión administrativa a favor de la empresa "Bergé marítima S.L.", cuyas condiciones más importantes son las siguientes:
Objeto: ocupación del tinglado nº 11, con destino al almacenamiento de mercancías objeto de tráfico portuario.
Superficie: 3.053,03 m².
Plazo: ocho (8) años.
Tasas aplicables, consideradas para el año 2021:
Tasa por ocupación: tendrá un valor de 81.663,03 €/año.
Tasa de actividad: la tasa de actividad se calculará en función del volumen de tráfico con una cuantía de 0,617 €/ton con un tráfico mínimo de 30.000 tons/año.
Lo que se hace público para el general conocimiento, de conformidad a lo previsto en el artículo 85.7 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Avilés, 29 de marzo de 2021.- El Presidente, Santiago Rodríguez Vega.
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