El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Gijón, en su sesión de 19 de febrero de 2021, ha acordado, al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.5. letra n) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, (TRLPEMM), en relación con el artículo 88 TRLPEMM el siguiente acuerdo:
- Aprobar la modificación sustancial de la concesión otorgada por el Consejo de Administración de la APG el 28 de mayo de 2019 a favor de BELARMINO CUERVO, C.B., para la ocupación de local L.TP.1.1.4 (104,30 m2) - Taller Electromecánico - Frente al Edificio de Oficinas de la APG en el puerto, consistente en la ampliación del objeto de la concesión a la prestación de los servicios comerciales de: Puesta a disposición de grúas y medios mecánicos e inspección de contenedores en el Puerto de Gijón.
La prestación de los servicios comerciales estará sujeta a las siguientes tasas:
- Servicio comercial de puesta a disposición de grúas y medios mecánicos:
Medios mecánicos: 200 h (tráfico mínimo) x 1,2 €/h
Grúas 12 €/hora de trabajo efectivo en régimen de alquiler
- Servicio comercial de inspección de contenedores:
10 inspecciones al año x 20 €/inspección
Lo que se hace público para general conocimiento.
EXP2018/007513
Gijón, 19 de marzo de 2021.- El Presidente, Laureano Lourido Artime.
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