Está Vd. en

Documento BOE-B-2021-11505

ALICANTE

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 9 de marzo de 2021, páginas 14644 a 14644 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-11505

TEXTO

Edicto

Don Arturo Hernández Beltrán, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramita bajo el número 444-12 Concurso de Acreedores de las deudoras Cisternas Hurtrans, S.L., con CIF B-03902889, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al Tomo 1.661, Folio 22, Hoja A-24575 y de la deudora Tank Hurt, S.L., con CIF B-73109043, inscrita en el Registro Mercantil de Murcia, al Tomo 1.737, Folio 35, Hoja MU-34.732, ambas domiciliadas en la calle Perfecto Rico Mira, n.º 18, de Pinoso (Alicante), en cuyo seno se han dictado el 19-02-21 dos autos declarando el archivo y conclusión por cumplimiento del convenio de ambas concursadas aprobados por sentencias de fecha 17-07-14.

Asimismo se recoge en los autos:

"1.-Declarar la conclusión del concurso seguido en este Órgano Judicial con el número 444/12 y el archivo de las actuaciones por ser firme el auto que declara el cumplimiento del convenio en su día aprobado.

2.-Acordar asimismo el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en el sentencia firme de calificación.

3.-Publicar el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal.

Asimismo, en atención a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídanse mandamientos al:

Registro Mercantil de Alicante para la cancelación de las inscripciones realizadas en el presente concurso correspondiente al concursado, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo así como del cese de los administradores judiciales.

Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo.

Modo de impugnación: No cabe recurso alguno.

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma D/Dña. Leandro Blanco García-Lomas, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante."

Y para que sirva de publicación en ese organismo expido el presente en

Alicante, 19 de febrero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Arturo Hernández Beltrán.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid