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Documento BOE-B-2021-10083

GRANADA

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 2 de marzo de 2021, páginas 12932 a 12932 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-10083

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal. anuncia:

Que en el concurso voluntario abreviado nº 510/11, seguido a instancia de Gijon e Hijos s.a, por auto de fecha 22 de febrero de 2021, se ha acordado: Acuerdo la conclusión del concurso voluntario de acreedores de la persona jurídica Gijón E Hijos, S.A., con cif A18005900, inscrita en el Registro Mercantil de Granada y la aprobación de la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal. De conformidad a ello:

Procédase a la publicación de la presente resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal.

Procédase a la cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes, librando a tal efecto los mandamientos oportunos.

Llévese testimonio de la presente resolución a todas las secciones del concurso.

Se acuerda la extinción de Gijón E Hijos, S.A., con CIF A18005900. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil conteniendo testimonio de la presente resolución, firme que sea la misma, al objeto de la inscripción de la cancelación de Gijón E Hijos, S.A., con CIF A18005900.

Requiérase a la Administración concursal para que en el plazo de cinco días desde la cancelación de la inscripción realizada en el Registro mercantil aporte al juzgado su acreditación de administrador cesando en ese momento en sus funciones.

Contra la presente resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno.

Así, por este mi Auto, lo acuerdo, mando y firmo, yo, D. María José Fernández Alcalá, Magistrada Juez adscrita al Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Granada.

Granada, 25 de febrero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Constanza Clara Lendínez Barranco.

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