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Documento BOE-B-2020-9721

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 54, de 3 de marzo de 2020, páginas 12524 a 12524 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-9721

TEXTO

EDICTO

Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Pontevedra, con sede en Vigo,

HAGO SABER:

Que en la SECCION I DECLARACIÓN CONCURSO 585/2019, seguida en este Juzgado, se ha dictado con fecha 13 de febrero de 2020 Auto acordando lo siguiente:

1.º Declarar el concurso voluntario abreviado de la entidad deudora UTIL VIGO, S.L., con CIF B-36.756.591, cuyo centro de intereses principales lo tiene en el Parque Tecnológico y Logístico, Calle C, número 6, Valladares de Vigo (Pontevedra).

2.º La intervención de las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio, mediante la autorización o conformidad de la Administración concursal.

3.º La Administración concursal designada está integrada por la sociedad profesional sociedad RATIO BUSINESS & LEGAL, S.L.P., con CIF B-27834902, si bien el profesional que asumirá la representación de tal entidad será el Letrado, D. DIEGO LEIS PUGA, con DNI núm. 36114663-V y domicilio a efectos de notificaciones en la Calle Eduardo Iglesias, núm. 6, 1.º A, 36202 de Vigo (Pontevedra), teléfonos 986471209 y correo electrónico diego.leis@ratiobusinesslegal.com.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá dirigirse a la Administración concursal, en su dirección electrónica, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y que expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, acompañándose copias del título o de los documentos relativos al crédito.

5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 de la Ley Concursal).

Vigo, 13 de febrero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia,, María Luisa Sánchez Garrido.

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