El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Segunda, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
Que en el procedimiento número 1673/13-2, referente al deudor Dispescur, S.L., con CIF B41176512 y centro de principales intereses en P.I. La Red, Calle Nueve, Parcela 39-C, 41500 Alcalá de Guadaíra (Sevilla), por auto de fecha 24/02/20 se ha acordado lo siguiente:
1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad Dispescur, S.L. llevado en este mismo Tribunal con el nº 1673/13. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días.
3.- La declaración de extinción de la sociedad Dispescur, S.L. y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 26 de febrero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid