El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Valencia, en la sesión celebrada el 19 de diciembre de 2019, a propuesta de la Dirección, acordó otorgar una concesión administrativa a favor de la ASOCIACIÓN GANDÍA NÁUTICA EMBARCACIONES DE RECREO, con NIF G97603187, en el Muelle de los Borgia del Puerto de Gandía.
Superficie de terreno: Aproximadamente 102 m².
Lámina de agua: Aproximadamente 2.314 m².
Plazo: Quince (15) años.
Objeto: Amarre de un máximo de CUARENTA Y CINCO (45) embarcaciones menores de 9 metros de eslora y con una manga de diseño de 3 metros, la celebración de cursos, concursos y eventos deportivos dentro del marco de la actividad de asociacionismo.
Tasa de Ocupación (TO):
Cuota íntegra de la Tasa de ocupación de terrenos:
- Cuota íntegra unitaria Tasa ocupación de terreno = 3,19715 €/m² y año.
Cuota íntegra de la Tasa de ocupación de lámina de agua:
- Cuota íntegra unitaria Tasa ocupación de lámina de agua = 0,73865 €/m² y año.
Cuota íntegra de la Tasa de ocupación de obras e instalaciones (Pavimento):
- Cuota íntegra Tasa ocupación Pantalán = 8,778 €/m² y año.
Cuota íntegra de la Tasa de ocupación de obras e instalaciones (Pantalán existente):
- Cuota íntegra Tasa ocupación Pantalán = 11.819,4 €/año.
Cuota íntegra de la Tasa de ocupación de obras e instalaciones (Nuevos Pantalanes):
- Cuota íntegra Tasa ocupación Pantalanes = 15.250 €/año.
Bonificación del treinta por ciento (30%) de la cuota de las tasas correspondientes a la ocupación de espacios terrestres, los de agua y a las obras e instalaciones destinados exclusivamente a la realización de actividades náuticas (según lo previsto en el artículo 181.e) TRLPEMM).
Tasa de actividad (TA):
Actividad de dársena: 1 €/m² y año
Actividad de "Asociación ": 5 €/asociado y año de la AGN.
Otras actividades: 3% sobre volumen de facturación anual por la realización de cursos, concursos y eventos deportivos.
Lo que se publica para general conocimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 85.7 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Valencia, 18 de febrero de 2020.- El Presidente, Aurelio Martínez Estévez.
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