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Documento BOE-B-2020-6898

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 2020, páginas 8804 a 8804 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-6898

TEXTO

D.Jose Victor Sanz Gordon, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num.3 de Valencia, por el presente hago saber:

En este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores num. 001179/2019 habiéndose dictado en fecha 30/01/2020 por el Ilmo. Señor Magistrado Sr.Juez del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Valencia, auto firme de conclusión de concurso voluntario cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Dispongo

Que debo acordar y acuerdo declarar el estado de concurso voluntario a la entidad Loren Martí SLU, cuyos datos son:

CIF: B-46551792, inscrito en el registro mercantil de Valencia, tomo 02252, folio 123, hoja 02-00013524 y con domicilio social en Valencia, Camino Alabau nº 35-1-2, y la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa contra la que atender el pago de los créditos contra la masa,.

Acuerdo la disolución y la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad con la consiguiente cancelación de su hoja registral.

Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el art 23 de la LC, en el boletín oficial de estado de forma gratuita, en los estrados de este juzgado y en la web concursal. Comuníquese al Juzgado decano de Valencia.

Expídase por el Sr.Letrado de la Administración de Justicia, mandamiento por duplicado al registro mercantil en el que figure inscrita la sociedad, al que se adjuntara testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración de concurso y de la conclusión, procediendo a su inserción en el portal de internet. Así mismo deberá proceder al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el registro.

Hágase entrega al procurador solicitante de los despachos acordados expedir para que cuide de su curso y gestión, concediéndosele un plazo de 10 días para que acredite la publicación de los edictos y la presentación de los mandamientos.

Fórmese, de acuerdo con lo dispuesto en el art 16 de la Ley, la Sección primera del concurso, que se encabezara con la solicitud del deudor.

Notifíquese esta resolución al deudor.

Contra este auto cabe interponer recurso de apelación en un plazo de 20 días ante este juzgado y para la Ilustrísima Audiencia Provincial de Valencia, plazo que se computara a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE ( art 176 bis apart.4 Ley Concursal). Así lo acuerdo, guarda y firma. Doy fe.

Valencia, 30 de enero de 2020.- El Letrado de la Administracion de Justicia, José Víctor Sanz Gordon.

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