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Documento BOE-B-2020-6236

Extracto de la Orden de 4 de febrero de 2020, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2019 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a Iniciativas Estratégicas Sectoriales de Innovación Empresarial (Programa "Misiones CDTI"), en el marco del Programa Estatal de Liderazgo Empresarial en I+D+I, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 13 de febrero de 2020, páginas 8077 a 8079 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-B-2020-6236

TEXTO

BDNS(Identif.):495214

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/ 2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero. Beneficiarios.

Podrán adquirir la condición de beneficiarios de las ayudas contempladas en la convocatoria las agrupaciones de personas jurídicas definidas en el artículo 4 de la de la Orden CNU/1308/2018 de 28 de noviembre, que puedan llevar a cabo proyectos en cooperación.

Las agrupaciones deberán estar constituidas por empresas, según la definición del artículo 3.1 de la Orden CNU/1308/2018 de 28 de noviembre.

Segunda. Objeto.

Las ayudas financiarán proyectos de I+D empresarial en cooperación, según lo establecido en los artículos 7.1 y 7.2 apartado a) de la Orden CNU/1308/2018 de 28 de noviembre Los proyectos deberán encuadrarse en una de las cinco misiones identificadas en el Anexo I de la convocatoria, de modo que los objetivos establecidos en los mismos se orienten hacia uno o más de los ámbitos de mejora propuestos para cada misión.

Los proyectos presentados deberán acogerse a una de las siguientes categorías: Misiones CDTI "Grandes Empresas" o Misiones CDTI "PYMES", y cumplir los requisitos correspondientes a su categoría:

Misiones "Grandes Empresas"

Presupuesto: los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 5.000.000 euros y máximo de 10.000.000 euros.

El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 175.000 euros.

Distribución presupuestaria por años: los proyectos deberán tener una distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto. En cualquier caso, la última anualidad deberá representar, al menos, el 20% del presupuesto elegible.

Peso de las actividades de investigación industrial: el porcentaje en el presupuesto elegible deberá ser, al menos, del 85%.

Subcontratación de actividades: los proyectos deben contar con una participación relevante de organismos de investigación desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo. En este sentido, se exige que, al menos, el 20% del presupuesto elegible se subcontrate a estas entidades.

Duración: los proyectos deberán ser plurianuales y parte del mismo deberá realizarse en el año 2020.En todo caso, se deberá solicitar ayuda para el año 2020. Los proyectos tendrán una duración de tres o cuatro años naturales, de forma que deberán finalizar el 31 de diciembre de 2022 o el 31 de diciembre de 2023.

Tamaño de la agrupación: cada agrupación debe estar constituida por un mínimo de tres y un máximo de ocho empresas; al menos dos de ellas deberán ser autónomas.

Misiones "PYMES"

Presupuesto: los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto elegible mínimo de 1.500.000 euros y máximo de 3.000.000 euros.

El presupuesto elegible mínimo por empresa será de 175.000 euros.

Distribución presupuestaria por años: los proyectos deberán tener una distribución equilibrada del presupuesto a lo largo de la duración del proyecto. En cualquier caso, la última anualidad deberá representar al menos el 20% del presupuesto elegible.

Peso de las actividades de investigación industrial: el porcentaje en el presupuesto elegible deberá ser, al menos, del 60%.

Subcontratación de actividades: los proyectos deben contar con una participación relevante de organismos de investigación desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo. En este sentido, se exige que al menos el 15% del presupuesto elegible se subcontrate a estas entidades.

Duración: los proyectos deberán ser plurianuales y parte del mismo deberá realizarse en el año 2020. En todo caso, se deberá solicitar ayuda para el año 2020. Los proyectos tendrán una duración de dos o tres años naturales, de forma que deberán finalizar el 31 de diciembre de 2021 o el 31 de diciembre de 2022.

Tamaño de la agrupación: cada agrupación debe estar constituida por un mínimo de tres y un máximo de seis empresas; al menos dos de ellas deberán ser autónomas.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden CNU/1308/2018, de 28 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión por parte del Centro para el Desarrollo Tecnológico e Industrial, E.P.E., de ayudas públicas en el marco del Subprograma Estatal de I+D+i Empresarial del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020, destinadas a empresas.

Cuarto. Financiación.

El presupuesto máximo de esta convocatoria es de 70.000.000 euros y se financiará con cargo al patrimonio de CDTI y a la aplicación 28.05.467C.74907 de los Presupuestos Generales del Estado de 2018 prorrogados para 2019.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE y finalizará el día 15 de abril de 2020, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.

Madrid, 4 de febrero de 2020.- Ministro de Ciencia e Innovación, Pedro Duque Duque.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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