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Documento BOE-B-2020-6094

Resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se anuncia la constitución de la federación sindical denominada "Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores de Autoescuela", en siglas FENSTA, con número de depósito 99105925.

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 2020, páginas 7888 a 7888 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-B-2020-6094

TEXTO

Ha sido admitido el depósito de la constitución de la mencionada federación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).

La solicitud de depósito fue formulada por don David Rodríguez de Lorza mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2020/000088.

Los estatutos y el acta de constitución están suscritos por doña Lourdes Antón Pérez en representación del "Sindicato de Trabajadores Autoescuelas del Sur", don José María Marín Alcoverro en representación del sindicato denominado "Asamblea de Trabajadores Asalariados de Autoescuelas de Cataluña", don Pedro Cifuentes Murguitio en representación del sindicato denominado "Asociación de Profesores de Formación Vial de Valencia", doña Ana Lucía Alegre Puyod en representación del sindicato denominado "Asociación de Trabajadores Asalariados de Autoescuelas de Zaragoza" y don David Rodríguez de Lorza en representación del sindicato denominado "Asamblea de Trabajadores Asalariados de Autoescuelas de Madrid", todos ellos en calidad de promotores.

Se indica que el domicilio de la organización está fijado en el artículo 5 de sus estatutos, el ámbito funcional en el artículo 23 y su ámbito territorial es estatal.

Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).

Madrid, 5 de febrero de 2020.- Directora General, P.D. (Real Decreto 903/2018, de 20 de julio y Orden TMS/1075/2018, de 10 de octubre). Subdirector General de Relaciones Laborales. Rafael Martínez de la Gándara.

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