Don FERNANDO PÉREZ POLO Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.
Por el presente se HACE SABER: Que en el procedimiento concursal n.º 42/2017, seguido a instancias del Procurador Don PEDRO SERVERA CABRERA en nombre y representación de GUATIBOA, S.L. con C.I.F. CIF B-76230499, se ha dictado Auto el día 15 de octubre de 2019, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:
1.- No constando la existencia de bienes o derechos para satisfacer los créditos contra la masa, se declara la conclusión y el archivo del concurso de acreedores de la mercantil GUATIBOA SL
2.- Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, y el cese de su actuación.
3.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor respecto de su patrimonio subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación o de lo previsto en la Ley Concursal.
4.- Se acuerda la extinción de la mercantil GUATIBOA SL con CIF B-76230499 y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil que corresponda, librándose para ello los mandamientos oportunos.
5.- Procédase a dar la debida publicidad a esta resolución en los términos del art. 177 LC, mediante su publicación edictal en el Registro Público Concursal y en el Boletín Oficial del Estado.
Las Palmas de Gran Canaria, 6 de febrero de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Pérez Polo.
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