Está Vd. en

Documento BOE-B-2020-5006

OVIEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 31, de 5 de febrero de 2020, páginas 6516 a 6516 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-5006

TEXTO

María Amor Rodríguez Díaz, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Oviedo, por el presente,

Hago saber:

1º. - Que en los autos seguidos en este juzgado con el número 318/2019 nig: 33044 47 1 2019 0000634, la sra. Juez sustituta doña María del Carmen Márquez Jiménez, ha dictado en fecha 24 de enero 2020, auto que no es firme, declarando en concurso voluntario abreviado al deudor Matadero de Avilés, Carne de Asturias, S.L., cif: b74163858, con domicilio en el Polígono de las Arobias, Travesía de la Industria número 51, Avilés.

2º.- En dicho procedimiento se ha nombrado como Administrador concursal a GDP Concursal, Sociedad Limitada Profesional, quien de conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.1 párrafo 2 de la ley concursal, ha designado como persona natural que le represente en el ejercicio del cargo al Letrado Juan Jesús Menéndez Álvarez, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el art. 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración concursal en el siguiente domicilio postal, calle Palacio Valdés número 15, 4º K-L, 33002 Oviedo, y correo electrónico: mavicar@gdpconcursal.com pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comunicación del crédito, con las consecuencias que de ello pueda derivarse en la clasificación del crédito comunicado.

Indica igualmente, que el horario de atención al público es: de 11:00 a 13:00 horas y de 17:00 a 19:00 horas, de lunes a jueves.

Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración concursal en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el boe, y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el art. 85 de la Ley Concursal.

3º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la Administración concursal designada, mediante su autorización o conformidad.

Oviedo, 30 de enero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Amor Rodríguez Díaz.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid