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Documento BOE-B-2020-49900

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 341, de 31 de diciembre de 2020, páginas 66213 a 66214 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-49900

TEXTO

Luis Duran Alfonso, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 06 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1480/2020 Sección: A

NIG: 0801947120208013239

Fecha del auto de declaración. 17/12/2020.

Clase de concurso. Consecutivo.

Persona concursada. Luis Taxonera Suñe, con D.N.I.35072864A, C/ Capellans, 2, Barcelona (08002)

Se ha acordado la tramitación coordinada con el Concurso consecutivo 1481/2020-A

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal a:

D. Borja Pardo Ibáñez

Dirección postal: C/ Muntaner, 340, 2.º 2ª de Barcelona (08021), teléfono 93 531 16 16, fax 93 531 16 18

Dirección electrónica: bpardo@lexben.es

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

Conforme al 710 TRLC los titulares de créditos que hubieran suscrito el Acuerdo Extrajudicial de pagos no necesitarán comunicar la existencia de esos créditos ni solicitar el reconocimiento de los mismos.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 12 – Barcelona y es la facilitada por el deudor.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles, mediante la presentación de un escrito, al que adjuntarán los correspondientes poderes, o mediante designación apud acta en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 292 TRLC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 294 LC.y podrá ser impugnado por los acreedores en el plazo de diez (10) días en el sentido que se recogen en los arts. 297 ss TRLC. Y 713 TRLC Se tiene por emitido por el mediador concursal informe sobre la innecesariedad de presentación de un Plan de Liquidación, dando traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para efectuar alegaciones.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.

Barcelona, 21 de diciembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Luis Duran Alfonso.

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