El Presidente de la Autoridad Portuaria de Valencia, en su condición de Órgano de Contratación de la misma, atendida la propuesta del Director General relativa a la delegación de competencias en materia de contratación, y de conformidad con lo establecido en el artículo 61. 2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante también LCSP), con fecha de 17 de diciembre de 2020, acordó lo siguiente:
PRIMERO.-Revocar, a partir del 1 de enero de 2021, las delegaciones otorgadas con fecha de 9 de marzo de 2018 (BOE n.º 67, de 17 de marzo de 2018).
SEGUNDO.-Delegar con efectos de 1 de enero de 2021 el ejercicio de la competencia en materia de contratación sin límite de cuantía a favor del DIRECTOR GENERAL.
TERCERO.-Ordenar a la Secretaria General que proceda conforme a lo previsto en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, a la publicación de la delegación de competencias en el correspondiente boletín oficial.
CUARTO.-Ordenar a la Secretaria General que proceda a notificar la presente resolución a los interesados, así como a la publicación de la misma en la Plataforma de Contratación del Sector Público.
Valencia, 21 de diciembre de 2020.- Secretaria General, Alicia Paz Antolín.
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