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Documento BOE-B-2020-48283

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 331, de 21 de diciembre de 2020, páginas 64028 a 64028 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-48283

TEXTO

Don Alfredo Villaescusa García, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1697/2020 y 1698/2020 Sección: 4.

NIG: 0801947120208020859.

Fecha del auto de declaración. 11 de diciembre de 2020.

Clase de concurso. CONSECUTIVO ABREVIADO.

Entidad concursada. MANUEL DOMÍNGUEZ SERRATO, con DNI 38171141-L y MONTSERRAT ISABEL LORENZO REDONDO, con DNI 43499745Y.

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal: SUSANA MORENO DE LAMO. Dirección postal: domicilio en C/ ARAGÓN, 308, 1-2, 08009 – Barcelona. Dirección electrónica: smorenodelamo@icab.cat

Régimen de las facultades del concursado. SUSPENDIDAS.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 12 - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del ex art. 75LC (actual art. 292 TRLC). Dése traslado del mismo a las partes para que puedan impugnarlo en el plazo de 10días (art. 711 TRLC). Para las partes personadas, dicho plazo se computará desde su notificación por el juzgado, y para los demás legitimados interesados, desde la última delas publicaciones establecidas por la ley.

Se tiene por presentado Plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular observaciones.

Barcelona, 14 de diciembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Alfredo Villaescusa García.

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