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Documento BOE-B-2020-47338

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 327, de 16 de diciembre de 2020, páginas 62675 a 62675 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-47338

TEXTO

Doña Ana María Ortega Escandell, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº14 de Madrid,

Hace saber:

Que en el procedimiento concursal número 686/2020 referente al concursado Conzumo Servicios Online, S.L.U., por auto de fecha 16 de noviembre de 2020 se ha acordado lo siguiente:

1º.- Abrir la fase de liquidación del concurso.

2º.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3º.- Se declara disuelta, conforme a lo dispuesto en el artículo 413.3 TRLC a la mercantil Conzumo Servicios Online, S.L.U., con CIF B-84224211 y se acuerda el cese de sus administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

4º.- En el plazo de quince días, computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado, conforme a lo dispuesto en el artículo 416 TRLC (antiguo artículo148 LC).

5º.- Una vez se apruebe el plan de liquidación, se abrirá la sección sexta de calificación del concurso, en la que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Madrid, 17 de noviembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Ortega Escandell.

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