Edicto
Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil núm 3 de Pontevedra, con sede en Vigo,
Anuncia:
Que en la Sección V Convenio 281/2013, referente a la concursada Servicios de Prevención Acreditados, S. L., con CIF B-36.857.555, por Auto de 7 de febrero de 2020, se ha acordado lo siguiente:
1. Declarar judicialmente el cumplimiento del convenio alcanzado por la concursada Servicio de Prevención Acreditados, S.L., con sus acreedores, que fue aprobado por Sentencia 43/2014, de 31 de marzo.
2. Cualquier acreedor que estime incumplido el convenio en lo que le afecte podrá solicitar del juez la declaración de incumplimiento. La acción podrá ejercitarse desde que se produzca el incumplimiento y caducará a los dos meses contados desde la última publicación de este Edicto. La solicitud se tramitará por el cauce del incidente concursal (artículo 140.1 y 2 de la Ley Concursal).
Vigo, 10 de febrero de 2020.- Letrada de la Administracion de Justicia, María Luisa Sánchez Garrido.
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