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Documento BOE-B-2020-46056

Extracto de la Orden de 18 de noviembre de 2020 por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el desarrollo de otros programas formativos, adaptados a colectivos con necesidades específicas en las ciudades de Ceuta y Melilla para el ejercicio 2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 321, de 9 de diciembre de 2020, páginas 60964 a 60965 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación y Formación Profesional
Referencia:
BOE-B-2020-46056

TEXTO

BDNS(Identif.):535356

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/535356)

Primero. Beneficiarios.

Las organizaciones sindicales y asociaciones privadas sin fines de lucro, de acuerdo a lo previsto en el artículo 2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo. Dichas entidades deben tener ámbito de actuación en las ciudades de Ceuta y Melilla.

Segundo. Objeto.

Desarrollo de otros programas formativos, destinados a colectivos con necesidades específicas, de los establecidos en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos, se fijan sus currículos básicos y se modifica el Real Decreto 1850/2009,de 4 de diciembre, sobre expedición de títulos académicos y profesionales correspondientes a las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, BOE de 12 de mayo, de bases reguladoras de concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

Cuarto. Cuantía.

Importe máximo 1.300.000,00 euros.

a) Los programas formativos específicos que se implanten por primera vez recibirán 65.000,00 euros.

b) Los programas que mantengan la estructura y contenido de convocatorias anteriores o introduzcan en la oferta módulos profesionales de un título de Formación Profesional Básica no incluidos con anterioridad y asociados a los bloques comunes de contenidos no incluidos con anterioridad, recibirán 39.000,00 euros.

c) Los programas que mantengan la estructura y contenido de convocatorias anteriores e introduzcan nuevos módulos profesionales del título de formación profesional básica asociados a nuevas unidades de competencia, a partir del programa presentado en convocatorias anteriores, recibirán 52.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Diez días hábiles, comenzando a las 0:00 horas del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y finalizando a las 23:59 horas del último día del plazo.

Sexto. Otros datos.

Estas ayudas quedan exoneradas de la constitución del régimen general de garantías de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.2.d) del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Madrid, 18 de noviembre de 2020.- Ministra de Educación y Formación Profesional, María Isabel Celaá Diéguez.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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