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Documento BOE-B-2020-45034

JAÉN

Publicado en:
«BOE» núm. 315, de 2 de diciembre de 2020, páginas 59528 a 59528 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-45034

TEXTO

Edicto

El Juzgado de 1.ª instancia n.º 3 de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal (lc), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 1034/2020, con nig 2305042120200006626 por auto de 5 de noviembre de 2020 se ha declarado en concurso consucutivo a los deudores Ana Belen Cruz Cardenas con nif.- 77343566V y Jose Luis Fernandez Cantero con nif.- 77327795R, ambos con domicilio en SE.DE LOS HUERTOS 17 2ºB 23002 JAÉN

2º.- Se acuerda la apertura de la fase de liquidación y la suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley Concursal (LC).

3º.- Se acuerda la extinción del derecho a la obtención de alimentos con cargo al a masa activa.

4º.- Los concursados y los acreedores, dentro del plazo de quince días desde la presente publicación podrán formular alegaciones al plan de liquidación. Podrán formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho de los concursados. Los acreedores también podrán solicitar, mediante escrito razonado, la apertura de la sección de calificación (art. 242.2.8ª de la LC.)

5º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D/Dª FRANCISCO JAVIER CASERO CARRILLO, con domicilio postal en C/ San Clemente, n.º 2, 2.º, 23004 Jaén y dirección electrónica: concursal@caseroasesores.com

El plazo para esta comunicación es el de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado».

No necesitarán solicitar reconocimiento los titulares de créditos que hubieran firmado el acuerdo extrajudicial.

6º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

7º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Jaén, 27 de noviembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Inmaculada Barea Cobo.

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